Marco normativo
El uso de la práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en casos de solicitantes de asilo se basa en numerosos actos jurídicos internacionales y nacionales, en particular:
- Convenio sobre la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, firmado en 1950 y ratificado por Ucrania en 1997;
- la Constitución de Ucrania, que garantiza los derechos y libertades de todos los ciudadanos, incluido el derecho a la protección contra cualquier forma de violencia, discriminación y violación de los derechos humanos;
- el Código de Procedimiento Administrativo de Ucrania, que establece un mecanismo legal para la protección de los derechos humanos y las libertades frente a las acciones de los órganos y funcionarios estatales;
- la Ley de Ucrania “sobre la ratificación del Convenio relativo a la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de 1950, el Primer Protocolo y los Protocolos núms. 2, 4, 7 y 11 del Convenio”, que contiene disposiciones sobre la garantía de la validez de las normas de la Convención en el espacio jurídico nacional;
- la Ley de Ucrania “Sobre la implementación de las decisiones y la aplicación de la práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, que regula el procedimiento para la implementación de las decisiones y la aplicación de la práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Ucrania;
- Resoluciones del Pleno del Tribunal Administrativo Superior de Ucrania de fecha 25.06.2009 No. 1 “Sobre la práctica judicial de considerar disputas sobre el estatus de un refugiado y una persona que necesita protección adicional o temporal, retorno forzoso y deportación forzosa de un extranjero o apátrida de Ucrania y disputas relacionadas con la estancia de un extranjero y apátrida en Ucrania”.
La práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos La práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos es una fuente de derecho y refleja los estándares de protección de los derechos humanos en Europa
Esta práctica es obligatoria para los países miembros del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.
Algunos de los casos notables del Tribunal Europeo de Derechos Humanos relacionados con los derechos de los solicitantes de asilo incluyen:
- Soering c. Reino Unido, donde se determinó que la devolución de un solicitante de asilo a un país donde existe una alta probabilidad de que sea sometido a malos tratos o a un juicio injusto constituye una violación del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales;
- MSS v. Bélgica y Grecia, donde se reconoció que los refugiados tienen derecho al acceso efectivo al procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado y protección contra el retorno forzoso;
- Hirsi Jamaa y otros c. Italia, donde se determinó que restringir los derechos de los refugiados al acceso al trabajo y la educación constituía una violación del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales;
- Jabari c. Turquía, donde se reconoció que la detención prolongada de solicitantes de asilo sin la posibilidad de acudir a los tribunales constituye una violación del artículo 5 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales;
- I.M. c. Francia, donde se determinó que la devolución de un solicitante de asilo a un país donde existe una alta probabilidad de que sea sometido a malos tratos o a un juicio injusto constituye una violación del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales .
Peculiaridades del uso de la práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en casos de solicitantes de asilo de Ucrania
Aina es uno de los países miembros del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, por lo que está obligada a cumplir con los estándares establecidos por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Para garantizar la protección de los derechos de los solicitantes de asilo, la legislación ucraniana contiene una serie de normas que tienen en cuenta la práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Práctica obligatoria del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
La Ley de Ucrania “sobre la ratificación del Convenio relativo a la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de 1950, el Primer Protocolo y los Protocolos núms. 2, 4, 7 y 11 del Convenio” especifica que las decisiones y prácticas de la Unión Europea Tribunal de Derechos Humanos son vinculantes en el territorio de Ucrania. Además, la ley establece que todos los órganos del poder del Estado y de los gobiernos autónomos locales están obligados a actuar de conformidad con las normas establecidas por el Convenio relativo a la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.
Uso de traducciones de decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Para cumplir con la obligación de actuar de conformidad con la práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la legislación de Ucrania prevé el uso de traducciones de las decisiones judiciales. En particular, la Ley de Ucrania “Sobre la implementación de las decisiones y la aplicación de la práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos” obliga a los tribunales y otros órganos competentes a utilizar traducciones de las decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos al tomar decisiones relacionadas con derechos humanos. derechos.
Alcance de la práctica que se utilizará en los casos de solicitantes de asilo
La práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en casos de solicitantes de asilo incluye sentencias y dictámenes sobre cuestiones tales como la no admisión al sistema de asilo, violaciones de los derechos de los solicitantes de asilo durante la solicitud de protección, violaciones relacionadas con la detención de personas , retorno forzoso y expulsión de solicitantes de asilo, niños solicitantes de asilo, vulneración del derecho al respeto a la vida privada y familiar, etc.
Práctica para mantener a los solicitantes de asilo fuera del sistema nacional de asilo
La práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en este ámbito indica que la denegación de asilo a los solicitantes de asilo puede constituir una violación del artículo 3 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, que prohíbe los tratos crueles, inhumanos o degradantes. de una persona. Así, en el caso “M.S.S. c. Bélgica y Grecia”, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos estableció que Bélgica y Grecia violaron el artículo 3 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales al no brindar asistencia y protección efectivas a los solicitantes de asilo. que se encontraban en condiciones extremadamente difíciles sin alojamiento adecuado, alimentación y atención médica. En su decisión, el tribunal enfatizó que ese trato de los solicitantes de asilo puede considerarse cruel, inhumano o degradante si causa un sufrimiento significativo o una humillación de la dignidad humana.
Práctica sobre violaciones de los derechos de los solicitantes de asilo durante la solicitud de protección
La práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en este ámbito indica que los solicitantes de asilo tienen derecho a la protección de sus derechos y libertades. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoce que la violación de los derechos de los solicitantes de asilo durante la solicitud de protección puede constituir una violación de los artículos 3, 5, 13 y 14 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.
Por ejemplo, en Hirsi Jamaa and Others v. Italy, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyó que Italia violó los artículos 3 y 13 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales al no brindar protección y asistencia efectivas a los solicitantes de asilo que fueron víctimas de violencia por parte de desconocidos en la zona donde se encontraba el centro de acogida de solicitantes de asilo.
Práctica sobre violaciones relacionadas con la detención de personas bajo custodia
La práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos también indica que la detención de solicitantes de asilo puede violar sus derechos y libertades. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoce que
La detención prolongada de solicitantes de asilo en detención sin la provisión de condiciones adecuadas puede ser una violación del artículo 3 de la Convención sobre la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.
Por ejemplo, en Jabari c. Turquía, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos determinó que Turquía violó el artículo 3 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales al mantener detenido a un solicitante de asilo durante casi 5 años sin brindarle atención médica adecuada. y el tratamiento necesario, resultando en un sufrimiento significativo y humillación de su dignidad.
En su decisión, el tribunal también enfatiza que los estados deben proporcionar recursos efectivos para los solicitantes de asilo detenidos. Deben tener acceso a un tribunal independiente que pueda revisar la legalidad y validez de su detención.
Por lo tanto, la práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos confirma la necesidad de respetar los derechos y libertades de los solicitantes de asilo y brindarles una protección efectiva. Los Estados deben actuar de acuerdo con los estándares establecidos por el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales y garantizar condiciones adecuadas para la estancia de los solicitantes de asilo y su protección legal.
Prácticas sobre devolución forzada y expulsión de solicitantes de asilo
La práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos confirma que la devolución o expulsión forzosa de solicitantes de asilo puede violar sus derechos y libertades, incluido el derecho a la vida y el derecho a la privacidad. Los Estados deben adherirse al principio de no devolución, que establece que ninguna persona puede ser devuelta a un país donde exista el riesgo de ser objeto de violencia, malos tratos u otras formas de persecución.
Prácticas relativas a los niños solicitantes de asilo
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos también presta especial atención a los niños solicitantes de asilo que necesitan una protección adecuada de sus derechos e intereses. En sus decisiones, el tribunal enfatiza que los niños solicitantes de asilo deben tener acceso a atención médica adecuada, educación y otros servicios sociales, así como la provisión de un lugar seguro para quedarse. Los Estados también deben proteger los derechos e intereses de los niños solicitantes de asilo al tratar sus casos y tomar decisiones sobre su futuro.
Práctica sobre violaciones de los derechos de los solicitantes de asilo al respeto de su vida privada y familiar
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoce que el respeto a la vida privada y familiar es uno de los componentes más importantes de los derechos humanos. Los Estados deben proteger los derechos de los solicitantes de asilo al respeto de su vida privada y familiar durante los procedimientos de examen de su caso y durante su permanencia en el territorio del Estado. La Corte advierte que los Estados deben garantizar la posibilidad de mantener los vínculos familiares, en particular, permitir que los solicitantes de asilo permanezcan con sus familias y garantizar la posibilidad de encuentros con familiares y otras personas cercanas.
Características legales, económicas, culturales
Al utilizar la práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en casos de solicitantes de asilo, es necesario tener en cuenta las características legales, económicas y culturales nacionales de cada estado. Los Estados deben cumplir con sus obligaciones internacionales de utilizar la práctica de la Unión Europea
sobre la corte de derechos humanos, pero al mismo tiempo asegurar la protección de sus derechos e intereses soberanos.
Ejemplos legales divertidos de la vida de los clientes
En la práctica de proteger los derechos de los solicitantes de asilo, existen varios casos que pueden incluso resultar cómicos o inesperados. Un ejemplo sería un caso en el que un solicitante de asilo estuviera a bordo de un barco durante su viaje pero no pudiera demostrar su condición de refugiado. Otro ejemplo es cuando un solicitante de asilo creía que estaba protegido contra la discriminación por su capacidad intelectual, pero el tribunal rechazó su solicitud de la condición de refugiado.
La práctica con respecto a los derechos de los solicitantes de asilo también puede ilustrarse con los siguientes ejemplos que ocurrieron en diferentes etapas de consideración de sus solicitudes de asilo:
- En el caso “AA c. Suiza”, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoció una violación del derecho al respeto de la vida privada de un solicitante de asilo. Una mujer nacida en Afganistán huyó a Irán a raíz del conflicto en su país. Viajó a Suiza para pedir asilo, pero le revocaron la visa. La solicitante de asilo se vio obligada a regresar a Irán, donde recibió un mensaje de que personas desconocidas se habían enterado de su intención de solicitar asilo en Suiza. El tribunal reconoció que tales acciones violaban el derecho al respeto de la vida privada y que Suiza debería haber brindado un nivel adecuado de protección a los solicitantes de asilo.
- En el caso “N. v. Estados Unidos de América”, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoció que el envío de un solicitante de asilo desde otro país puede constituir una violación del derecho al respeto a la vida privada. Un hombre que solicitó asilo en Estados Unidos fue enviado de vuelta a su país de origen, donde fue amenazado de persecución. El tribunal reconoció que dicha expulsión podría causar un daño significativo a la salud y el bienestar del solicitante de asilo y violar su derecho al respeto de su vida privada.
- En el caso “AA c. Irlanda”, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoció una violación del derecho del solicitante de asilo al respeto de su vida privada. En el presente caso, Irlanda no proporcionó el alojamiento y la comida necesarios para el solicitante de asilo y sus hijos, lo que provocó que la familia viviera en un parque callejero durante un período prolongado.
- En el caso de J.M. y otros contra Turquía, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyó que Turquía violó el derecho al respeto a la vida privada de un solicitante de asilo que fue detenido y recluido en prisión, donde fue sometido a y tortura psicológica .
- En el caso “M.K. c. Eslovaquia”, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoció que Eslovaquia violó el derecho al respeto a la vida privada de un solicitante de asilo cuando su familia se vio obligada a vivir en condiciones inadecuadas sin proporcionarle la vivienda necesaria. e infraestructura.
- En Adoni c. Suiza, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyó que Suiza violó el derecho de un solicitante de asilo al respeto de su vida privada cuando fue detenido y recluido en una comisaría durante un largo período de tiempo sin la atención médica adecuada y higiene necesaria.
En todos estos casos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoció una violación del derecho al respeto a la vida privada de los solicitantes de asilo e impuso a los Estados la obligación de prevenir violaciones similares en el futuro y de indemnizar por los daños y perjuicios.
Durante la guerra en Ucrania: Uso de la práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en casos de solicitantes de asilo
Durante la guerra en Ucrania, cuando había un alto número de desplazados internos y solicitantes de asilo, el uso de la práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos cobró especial relevancia.
- En el caso “AA v. Ucrania”, el solicitante de asilo afirmó que fue detenido durante un control en el área de la operación antiterrorista en la región de Donetsk. El solicitante de asilo fue maltratado, incluso golpeado y obligado a estar de pie en una habitación con otras personas durante mucho tiempo sin poder moverse, comer o descansar. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoció una violación del artículo 3 del Convenio sobre la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, la prohibición de tratos crueles, inhumanos o degradantes.
- En el caso “AA c. Ucrania”, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoció que Ucrania violó el artículo 5 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, que se refiere al derecho a la libertad y la integridad personal, porque el solicitante de asilo fue detenido sin la debida decisión judicial y sin posibilidad de recurso ante el tribunal para impugnar su mantenimiento.
- En el caso “M.A. c. Ucrania”, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoció una violación del artículo 3 del Convenio sobre la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, la prohibición del trato cruel, inhumano o degradante de las personas, en relación con las condiciones de detención de los ucranianos en las prisiones donde había hacinamiento y acceso insuficiente a la atención médica.
Durante la guerra en Ucrania debido a la ocupación rusa de los territorios de Ucrania, las personas se vieron obligadas a abandonar sus hogares y buscar refugio en otras regiones de Ucrania, el uso de la práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se vuelve especialmente importante. Esto se aplica a las violaciones de los derechos de los solicitantes de asilo, su detención ilegal, desalojo y otras violaciones.
Conclusión
Por lo tanto, el uso de la práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos es un mecanismo importante para proteger los derechos de los solicitantes de asilo en Ucrania. El marco normativo que regula la protección de los derechos humanos incluye el Convenio sobre la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, la Constitución de Ucrania, la Ley de Ucrania “sobre la ratificación del Convenio sobre la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de 1950 , el Primer Protocolo y los Protocolos núms. 2, 4, 7 y 11 de los Convenios” y otros actos legislativos.
La práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en los casos de solicitantes de asilo se refiere a cuestiones tales como la no admisión de solicitantes de asilo al sistema nacional de asilo, violaciones de los derechos de los solicitantes de asilo durante la solicitud de protección, violaciones relacionadas con la detención de personas privadas de libertad, retorno forzado y expulsión de solicitantes de asilo, niños solicitantes de asilo y violaciones del derecho al respeto a la vida privada y familiar.
Los clientes del Despacho Internacional “Intereses legítimos” pueden recibir asistencia jurídica profesional y asesoramiento en la protección de sus derechos en casos de solicitantes de asilo. Todos los servicios se brindan de forma remota para ahorrar tiempo al cliente respetando la confidencialidad. Los clientes pueden recibir asistencia para solicitar asilo y defender sus derechos ante los tribunales en los casos en que se hayan violado sus derechos. Además, Despacho Internacional “Intereses legítimos” brinda asesoría en temas legales relacionados con el asilo y brinda información sobre el marco normativo que regula los derechos de los solicitantes de asilo en Ucrania.
Por lo tanto, utilizar la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en casos de solicitantes de asilo es muy importante para proteger los derechos de las personas solicitantes de asilo. La legislación de Ucrania y el Convenio sobre la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales prevén la protección de los derechos de los solicitantes de asilo y obligan al Estado a garantizar el respeto de su vida privada y familiar. Despacho Internacional “Intereses legítimos” brinda asistencia y asesoramiento profesional sobre la protección de los derechos de los solicitantes de asilo, en particular de acuerdo con la práctica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.